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Abierta la convocatoria de ayudas para obras en establecimientos comerciales

16 de abril de 2020

El Instituto Municipal de Paisaje Urbano y Calidad de vida del Ayuntamiento de Barcelona (IMPUQV) ha abierto la convocatoria de ayudas para el fomento de la protección y mejora del paisaje urbano. Con una dotación de más de 2 millones de euros, las ayudas buscan promover la recuperación patrimonial, cuidando la sostenibilidad ambiental y apostando por el pequeño comercio. En este sentido, la convocatoria incluye ayudas dirigidas a los establecimientos comerciales que lleven a cabo obras en sus negocios, que son clave para la configuración del paisaje urbano de Barcelona.

La actividad comercial en los edificios de Barcelona es uno de los agentes principales en la configuración de la imagen de la ciudad, tanto desde el punto de vista estético y lo que esta comporta respecto al confort de los ciudadanos en el espacio público, como por sus valores simbólicos y de dinamización del espacio público. Por este motivo, con el fin de ayudar a su mejora y puesta en valor, el IMPUQV ha abierto la convocatoria de ayudas económicas para obras en establecimientos comerciales. Toda la información detallada y los impresos, lo encontrarás aquí. 

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Concretamente, el Instituto ha activado cuatro programas de ayudas disponibles de forma específica para el comercio de proximidad:

  • Rehabilitación, restauración y mejora de la imagen exterior. Este programa incluye la renovación de carpinterías exteriores; la actualización de letreros identificadores para adecuarlos a la Ordenanza Municipal de usos del Paisaje urbano (OUPU); la retirada de instalaciones visibles desde la vía pública; el adecentamiento de elementos añadidos u obsoletos; y la recuperación de la composición arquitectónica exterior. En cuanto a los porcentajes y límites de ayudas, los locales comerciales podrán optar a una subvención del 20 % aplicable sobre el presupuesto protegible, con un límite de 8.000 euros; los locales históricos protegidos, del 40 % y un límite de 15.000 euros; y los locales históricos no protegidos, del 35 % y hasta un máximo de 8.000 euros.
  • Mejora de accesibilidad en locales. Este programa incluye como actuación subvencionable la mejora de acceso a los establecimientos desde la vía pública. Los establecimientos que se acojan a él podrán optar a una subvención del 20 % aplicable sobre el presupuesto protegible, con un límite de 8.000 euros.
  • Mejora de la sostenibilidad en locales. Se incluyen las obras dirigidas a la producción de energía solar, así como las actuaciones dirigidas a mejorar el aislamiento térmico de carpinterías y cristales de los establecimientos. Los establecimientos que se acojan a él podrán optar a una subvención del 20 % aplicable sobre el presupuesto protegible, con un límite de 8.000 euros.
  • Actuaciones colectivas. El programa incluye la rehabilitación, restauración y mejora de la imagen exterior y la mejora de accesibilidad de los locales específicamente para los establecimientos ubicados en la calle Gran de Sant Andreu y en la plaza del Mercadal. En cuanto a los porcentajes y límites de ayudas, los locales comerciales que emprendan actuaciones para mejorar la imagen exterior podrán optar a una subvención del 50 % aplicable sobre el presupuesto protegible, con un límite de 8.000 euros, mientras que en el caso de los emblemáticos el máximo se situará en los 15.000.  Aquellos establecimientos que mejoren la accesibilidad en locales podrán recibir una ayuda de hasta el 75 % con un límite de 2.000 euros.

¿Quién se puede acoger y qué requisitos se deben cumplir?

Las ayudas se dirigen a propietarios o arrendatarios de locales comerciales de hasta 500 metros cuadrados, así como propietarios o arrendatarios de los locales emblemáticos, incluidos en el Plan Especial Urbanístico de Protección de la Calidad Urbana. Para poder optar a las subvenciones se deben cumplir dos condiciones generales: no haber cambiado la actividad, el uso o la titularidad del establecimiento durante los 2 años anteriores a la solicitud del informe previo, y que la actuación comporte una inversión mínima de 750 euros. Además, las obras no deberán haberse iniciado, pero sí haber solicitado el permiso.

Plazos y más información

La convocatoria ya está abierta. La fecha límite para presentar las solicitudes de inscripción y el informe técnico es el 31 de agosto de 2020. El límite para iniciar las obras es el 31 de octubre de 2020. En cuanto al límite para finalizarlas, es el 15 de diciembre de 2020. La documentación se deberá presentar en las oficinas del Instituto Municipal del Paisaje Urbano o en el registro del Ayuntamiento de Barcelona.

Para obtener más información y asesoramiento sobre las ayudas, puede dirigirse a las oficinas del Instituto Municipal del Paisaje Urbano por correo electrónico a paisatgeurba@bcn.cat o bien visitar la página web, donde podrá acceder a la descarga de los impresos.

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