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En marcha el servicio de recogida de muebles y trastos viejos
En marcha el servicio de recogida de muebles y trastos viejos
18/05/2020

A partir del próximo lunes 18 de mayo, se reanuda en toda la ciudad el servicio de recogida de residuos voluminosos. Se recuerda a toda la ciudadanía que cada calle de Barcelona tiene asignado un día de la semana en que se pueden bajar a la calle los muebles y enseres domésticos viejos para que los equipos de limpieza hagan la recogida. El día asignado puede consultarse en el portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona. Estos muebles y trastos viejos se pueden bajar a la calle el día asignado entre las 20 y las 22 horas. Deben dejarse a la acera, sin molestar el paso de peatones y lo más cerca de la calzada para no obstaculizar la línea de la fachada. Se recuerda también que no se puede dejar escombros, basura, ropa, cristales ni electrodomésticos. Estos residuos de mayor tamaño se pudo llevar a los puntos verdes de zona, que están abiertos de lunes a viernes de 9 a 14 horas y sábado y domingo de 9.15 a 12.45 horas. De momento no se restablece el servicio de recogida de muebles y trastos viejos bajo petición a la puerta de casa, sólo el del día fijado a pie de calle. Los servicios de limpieza de la ciudad se están ampliando acompasando los usos que la ciudadanía puede hacer en las diferentes fases de desescalada. Desde el pasado lunes, los equipos de limpieza de calles se han ampliado hasta el 66-75%, se ha reanudado el servicio de limpieza de pintadas al 50% y han abierto los puntos verde de barrio, móvil y de zona en horario de mañana. Durante el confinamiento los residuos domésticos en la ciudad de Barcelona han bajado un 9%, mientras que la recogida de circuitos comerciales ha bajado un 46% en consonancia con la reducción de la actividad comercial. En cuanto a las fracciones de recogida, la fracción resto y orgánica han disminuido, un 13% y un 5% respectivamente, mientras que se ha registrado un incremento de la fracción papel-cartón, un 5% y los envases, un 9 %. El vidrio doméstico se ha mantenido a los niveles habituales.

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El plazo para pedir la continuidad de las terrazas instaladas a raíz de la pandemia se ampliará un mes
El plazo para pedir la continuidad de las terrazas instaladas a raíz de la pandemia se ampliará un mes
23/02/2022

El Ayuntamiento alarga hasta el 31 de marzo el período para pedir la regularización de las terrazas nuevas o ampliaciones excepcionales para que los restauradores tengan más margen para realizar las solicitudes. La continuidad estará condicionada al aval técnico del Ayuntamiento y al cumplimiento de los criterios de la ordenanza en cuanto a distancias, garantías de paso, condiciones de accesibilidad, etc. La previsión es que en verano las terrazas en calzada que se mantengan ya dispongan del mueble homologado obligatorio, por lo que el 2022 será el año de la desaparición definitiva de los bloques de hormigón y elementos provisionales de las calles de la ciudad. Para incentivar y facilitar el cambio en los muebles en calzada, el consistorio lanzará una línea de subvenciones a la instalación de plataformas por un valor de hasta 4 millones de euros. El plazo para solicitar la continuidad de las terrazas excepcionales instaladas a raíz de la pandemia se ampliará un mes. Inicialmente, la modificación puntual de la Ordenanza de terrazas preveía que se pudiera solicitar hasta el 28 de febrero. Ahora, el Ayuntamiento, de acuerdo con el Gremio de Restauración de Barcelona y el sector de la restauración y también el comercial, alargará este período hasta el 31 de marzo para que los restauradores tengan más margen para presentar las solicitudes y darles facilidades a la hora de realizar el trámite. El cambio se llevará a votación en el Plenario del Consejo Municipal del próximo viernes. En mayo de 2020, el consistorio desplegó una serie de actuaciones extraordinarias para dar respuesta a la crisis sanitaria de la COVID-19 con la instalación o ampliación de terrazas. Se trataba de apoyar la restauración, favorecer la viabilidad de los establecimientos y hacerlo de forma compatible con un espacio público más vivo y accesible y el cumplimiento de las medidas sanitarias. Desde entonces, se han concedido 3.618 licencias para terrazas nuevas y ampliaciones excepcionales que salvaron al menos 1.875 puestos de trabajo, según un estudio de la Universidad de Barcelona. Del total de nuevos permisos, 1.483 se han dado en espacios como cordones de aparcamiento, carriles de circulación y chaflanes. Esto ha supuesto la sustitución de 2.652 plazas de aparcamiento. Estos permisos provisionales se prorrogaron automáticamente el 1 de enero, y desde entonces y hasta el 31 de marzo los restauradores pueden pedir regularizarlos y transformarlos en una licencia ordinaria de la vía pública para la instalación de terrazas . Pueden hacerlo telemáticamente, a través del siguiente enlace: https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/ca/tramit/20210001506 La permanencia de la terraza estará siempre condicionada a que el Ayuntamiento apruebe expresamente su viabilidad técnica y al cumplimiento de los criterios marcados por la ordenanza en cuanto a accesibilidad, distancias, garantías de paso para los vecinos, etc. Se priorizará la consolidación de las terrazas en calzada de forma ordenada y evitando la dispersión y fragmentación. Los restauradores que quieran mantener las terrazas en calzada tendrán que disponer de un mueble-plataforma accesible, homologado y seguro donde colocar las mesas y sillas. Esto permitirá sacar adelante el proceso de retirada de los elementos provisionales –bloques de hormigón y pívots amarillos– para dejar atrás la provisionalidad que marcó la pandemia. Todo ello, con el objetivo final de que en verano todas las terrazas en calzada que se consoliden ya dispongan de mueble. Y, por tanto, que en el 2022 signifique la desaparición definitiva de los bloques de hormigón de las calles de la ciudad. Además, para incentivar y facilitar el cambio en los muebles en calzada, el Ayuntamiento lanzará una línea de subvenciones a la instalación de terrazas en calzada por un valor de hasta 4 millones de euros. Sólo podrán acogerse los titulares de terrazas y ampliaciones en calzada. Respecto a las terrazas en acera, se estudiará caso por caso, siguiendo los criterios de la ordenanza, con el objetivo de preservar la continuidad de las terrazas, evitar la dispersión y la fragmentación, asegurar el paso y la accesibilidad y garantizar un buen encaje con el entorno. Y si no se solicita la continuidad de una terraza, se considerará que se renuncia a ella y el consistorio la retirará. Para controlar la ocupación del espacio público y garantizar el equilibrio de usos, tal y como ya preveía el decreto de autorizaciones excepcionales por la COVID, el Ayuntamiento denegará las solicitudes de licencia en caso de reincidencia en la comisión de infracciones de carácter grave o muy grave en el plazo de seis meses anteriores a fecha de hoy, 31 de diciembre de 2021. También se podrán denegar si en un área determinada se aprecia una especial saturación de establecimientos que ponga en peligro el equilibrio entre las actividades y necesidades de la población residente. Esta circunstancia será valorada por los servicios técnicos municipales mediante informe motivado. Un mueble-plataforma accesible y seguro La modificación de la Ordenanza de terrazas aprobada definitivamente por el plenario el pasado diciembre busca ganar espacio en calzada para las terrazas y dar seguridad jurídica a los nuevos muebles. Pero no hace cambios en el resto del articulado, puesto que se mantienen los apartados vinculados al procedimiento de otorgamiento de licencias, el régimen sancionador y las condiciones de accesibilidad y de implantación en el espacio público, por ejemplo. El uso de plataformas será obligatorio cuando la terraza se ubique total o parcialmente en la calzada. Los muebles tendrán que estar homologados y formar parte del Recopilación de elementos urbanos del Ayuntamiento, como los siete modelos codiseñados con empresas del sector que se adaptan a chaflán o cordón de aparcamiento. Se situarán en los espacios de calzada colindantes a la acera como cordones de aparcamiento, siempre que no afecten a un carril bici o de transporte público y que no impidan el paso de servicios, la utilización de los servicios públicos y visualización de las señales de tráfico. acceso a parkings o equipamientos. Y será necesario garantizar una distancia adecuada con los otros elementos del entorno para garantizar la accesibilidad y la seguridad. También se regula la colocación de sombrillas –no podrá haber ningún punto de la sombrilla a menos de 20 cm del límite exterior de la plataforma–, y no se admite el uso de biombos. Tampoco se podrán colocar jardineras entre la plataforma y la acera.

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Fase 1: guía práctica de medidas para locales comerciales y establecimientos de restauración
Fase 1: guía práctica de medidas para locales comerciales y establecimientos de restauración
26/05/2020

A partir de este lunes 25 de mayo, los establecimientos de restauración de Barcelona pueden reabrir sus terrazas limitando al 50 % su número de mesas teniendo en cuenta la cifra de mesas permitida el año anterior sobre la base de la correspondiente licencia municipal. En la nueva fase 1, se sigue permitiendo la recogida de productos en los comercios y de comida en los bares y restaurantes de la ciudad, pero no su consumo en el interior. En cuanto al comercio, el cambio de fase no comporta ninguna variación con respecto a la fase 0 avanzada. La entrada en vigor de la fase 1 del “Plan para la transición hacia una nueva normalidad” diseñado por el Ministerio de Sanidad incluye varias acciones y medidas dirigidas al tejido comercial de proximidad, que modifican algunas de las acciones decretadas el pasado 18 de mayo, durante la fase 0 avanzada. Con el objetivo de seguir avanzando hacia la nueva normalidad, el Gobierno español ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una serie de medidas pensadas para que se sigan aplicando en tiendas y locales de la ciudad y en aquellos establecimientos de restauración que quieran poner en marcha su servicio de terraza, una de las novedades que comporta la fase 1. Puedes consultar un resumen de las medidas en formato visual aquí. COMERCIO ¿Qué comercios pueden abrir durante la fase 1? Los criterios son los mismos que ya se aplicaban durante la fase 0 avanzada. En primer lugar, a partir del 25 de mayo, pueden seguir abriendo al público todos los establecimientos y locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados de superficie que tuvieron que cerrar el pasado 14 de marzo a raíz de la publicación del Real decreto 463/2020, que declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria provocada por la COVID-19. Esta medida no ha variado respecto de la fase 0 avanzada.  Además, también pueden estar abiertos los establecimientos y locales comerciales que tengan más de 400 metros cuadrados de superficie, si limitan su espacio de venta al público y de exposición a menos de 400 metros cuadrados y si tienen un acceso directo e independiente desde la vía pública. Del mismo modo, pueden seguir abiertos los establecimientos considerados de primera necesidad y que ya abrieron durante la fase dura del confinamiento. La fase 1 también sigue permitiendo la apertura de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería o viveros de plantas, siempre que apliquen un sistema de cita previa, independientemente de cuál sea su superficie útil de exposición y venta. Además, las administraciones de lotería pueden seguir abriendo, excepto las que se encuentren dentro de un centro comercial. Ahora bien, igual que pasaba en las fases 0 y 0 avanzada, aún no pueden levantar sus persianas los comercios y servicios que formen parte de un centro comercial, a excepción de los que cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior. ¿Qué requisitos se tienen que cumplir para abrir durante la fase 1? Los comercios de Barcelona que reabran al público deben cumplir una serie de medidas, detalladas en el BOE por el Gobierno español, y que son también las mismas que ya se aplicaban a raíz de la entrada de Barcelona en la fase 0 avanzada. Así, no es necesario que el comercio atienda a la ciudadanía con un sistema de citas previas. No obstante, debe reducirse a un 30 % el aforo del local para garantizar una distancia mínima de 2 metros entre los clientes. Si eso no fuera posible, se deberá regular la entrada al establecimiento para que solo haya un cliente por establecimiento. En el caso de que el establecimiento tenga dos plantas o más, el aforo del 30 % se tendrá en cuenta planta por planta.  Durante la fase 1, se sigue permitiendo que los establecimientos abiertos puedan poner en marcha sistemas de recogida de productos en el propio local. Sin embargo, la tienda debe garantizar las entregas de una forma escalonada para evitar aglomeraciones en el interior del local y en los accesos. De la misma manera que ocurría durante la fase 0 avanzada, tampoco se permite crear ni utilizar ningún tipo de zona de espera en el interior del establecimiento.  Las tiendas también deben tener un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años, que debe coincidir con las franjas horarias de este colectivo para pasear y practicar actividad física: de 10.00 a 12.00 horas por la mañana y de 19.00 a 20.00 horas por la tarde.  Además, hay que tener en cuenta que, si se realizan acciones comerciales o de promoción, deben tomarse medidas para evitar las aglomeraciones. ¿Qué dice la fase 1 sobre la regulación de los aforos? Como ya hemos explicado, la entrada en la fase 1 conlleva aún la necesidad de reducir a un 30 % el aforo de los locales comerciales y de servicios para garantizar en todo momento una distancia mínima de 2 metros entre los clientes. Si eso no fuera posible, se deberá regular la entrada al establecimiento para que solo haya un cliente por establecimiento. En el caso de que el establecimiento tenga dos plantas o más, el aforo del 30 % se tendrá en cuenta planta por planta.  En esta fase, es obligatorio indicar el aforo máximo del local y asegurar su cumplimiento en todo momento. También es obligatorio establecer sistemas de recuento y control del aforo, de manera que no se supere en ningún momento, incluyendo a los propios trabajadores. Asimismo, en cuanto a la circulación de personas dentro del local y la distribución de espacios, se modificarán con el objetivo de garantizar las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad. En el caso de los establecimientos comerciales que cuenten con aparcamiento propio para empleados y clientes, si el acceso a las instalaciones no se puede regular de manera automática y sin contacto, se deberá aplicar un control manual y continuado por parte del personal de seguridad.  ¿Qué medidas de higiene deben aplicar los comercios? El comercio de proximidad que opte por reabrir durante la fase 1 también tiene la obligación de aplicar varias medidas de carácter higiénico para garantizar la seguridad sanitaria de la clientela y del personal. En primer lugar, deben llevarse a cabo tareas de limpieza y desinfección global de las instalaciones al menos dos veces al día.  Además, la tienda debe prestar especial atención a las superficies de contacto más frecuentes para asegurar constantemente su desinfección, por ejemplo, los pomos de las puertas, los mostradores, los muebles del local, los pasamanos, los dispensadores, el suelo, los teléfonos, las perchas, los carros o las cestas, los grifos y otros elementos similares.  Una de las labores de limpieza debe realizarse obligatoriamente al finalizar el horario de apertura al público. Para llevar a cabo las distintas desinfecciones, se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía con cantidades 1:50 o cualquiera de los desinfectantes comercializados y autorizados por el Ministerio de Sanidad que tengan un efecto viricida. Después de cada desinfección, el material que se haya utilizado se tiene que eliminar de forma segura y, posteriormente, hay que lavarse las manos. Con el fin de facilitar las tareas de limpieza, el BOE especifica que se podrá hacer una pausa a lo largo de la jornada —preferiblemente al mediodía— para realizar las tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. El nuevo horario deberá estar especificado en un lugar visible. Si el establecimiento comercial tiene más de una persona trabajadora atendiendo al público, las medidas de limpieza también se tendrán que aplicar en las zonas privadas del personal como los vestuarios, las taquillas, los servicios, las cocinas y las áreas de descanso. Además, los uniformes y la ropa de trabajo se tienen que lavar a entre 60 y 90 grados y se tienen que ventilar correctamente los locales.  Con respecto al uso de los servicios, solo pueden ser utilizados por el personal y no por la clientela. En caso de que en una situación extraordinaria se tengan que utilizar, los servicios deben desinfectarse después de su uso. Las papeleras deben tener un soporte de activación por pedal y tienen que limpiarse a menudo: al menos una vez al día.  Con respecto a la venta automática a través de máquinas expendedoras, lavanderías de autoservicio y similares, el titular deberá asegurar el cumplimiento de las medidas de higiene y desinfección adecuadas tanto de las máquinas como de los locales, y se informará a los usuarios del uso correcto con carteles. Además, con respecto a los establecimientos comerciales que tengan ascensores o montacargas, se debe limitar su uso al mínimo imprescindible, y establecer una ocupación máxima de una persona (excepto si se puede garantizar una separación de 2 metros o en el caso de quienes precisen de asistencia). ¿Qué medidas de prevención de riesgo tienen que aplicar los comercios para proteger a su personal? En primer lugar, el BOE recuerda que, tal como sucedía durante la fase 0 avanzada, no pueden incorporarse a sus puestos de trabajo aquellas personas que se encuentren en aislamiento domiciliario porque han sido diagnosticadas con la COVID-19 o que presenten alguno de los síntomas compatibles. Quienes no hayan tenido síntomas pero estén en cuarentena por haber tenido contacto con una persona con indicios o diagnóstico de la COVID-19 tampoco pueden reincorporarse.  El titular del negocio debe asegurarse de que todo el personal cuente con equipos de protección individual adecuados para sus tareas y proporcionarles gel hidroalcohólico o agua y jabón. Si no se puede garantizar la distancia de 2 metros durante la jornada, hay que facilitarles obligatoriamente mascarillas e información sobre el uso correcto de los equipos de protección.  Con respecto a las peluquerías, centros de estética y centros de fisioterapia, se tiene que utilizar el equipo de protección individual adecuado que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente, y debe asegurarse siempre el mantenimiento de la distancia de 2 metros entre clientes. El fichaje mediante huella digital se tiene que sustituir por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas. En caso de que no sea posible, hay que desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso.  La disposición de los puestos de trabajo y la organización de los turnos tiene que adaptarse para garantizar siempre la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de 2 metros entre trabajadores. La responsabilidad recae sobre el titular de la actividad económica o la persona en quien se deleguen estas funciones. La distancia de seguridad también se tendrá que cumplir en los vestuarios, en las zonas de taquillas y en los servicios del personal. ¿Qué medidas de protección debe adoptar el comercio para proteger a los clientes? Los comercios tienen que velar por que los clientes solo estén en el establecimiento el tiempo imprescindible para comprar o recibir el servicio. También hay que señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros entre clientes, con marcas en el suelo o carteles, por ejemplo.  Los establecimientos tienen que poner a disposición de la clientela dispensadores de gel hidroalcohólico con actividad viricida autorizados por el Ministerio de Sanidad del Gobierno español. Se tienen que colocar en los accesos del local. Además, en los establecimientos que tengan zonas de autoservicio, tiene que ser el trabajador del comercio quien manipule los productos. Del mismo modo, no se pueden poner a disposición de los clientes productos de prueba.  Con respecto al comercio dedicado a la venta de prendas de ropa o similares, el establecimiento debe implementar medidas para que la ropa o los productos sean higienizados antes de facilitarse a los clientes. Los probadores los podrán utilizar una sola persona y se tendrán que limpiar y desinfectar después de cada uso.  HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN En el caso de la hostelería y la restauración, ¿qué efectos tiene la fase 1? Una de las principales novedades de la fase 1 es la autorización para la apertura de las terrazas de los establecimientos de restauración. Aun así, se tiene que establecer un límite del 50 % de las mesas permitidas con respecto al año inmediatamente anterior de acuerdo con la correspondiente licencia municipal, y hay que asegurarse de que se mantenga distancia social de un mínimo de 2 metros entre mesas o agrupaciones de mesas. En las mesas o agrupaciones de mesas puede haber un máximo de 10 personas. Las mesas o agrupaciones de mesas tendrán que guardar relación según el número de personas, permitiendo que se respete la distancia de seguridad. El consumo en el interior de los locales está prohibido, pero están permitidos los servicios de entrega a domicilio y de recogida de pedidos por parte de los clientes en los propios establecimientos. Además, con respecto a las entregas a domicilio, el establecimiento debe preparar un sistema de reparto preferente para las personas mayores de 65 años, las personas dependientes y otros colectivos vulnerables. Se deben evitar siempre aglomeraciones para recoger los pedidos tanto en los accesos como en el interior de los locales. ¿Qué medidas de higiene y de prevención hay que aplicar en las terrazas? Se debe limpiar y desinfectar el equipamiento de la terraza entre cliente y cliente. Además, el BOE también especifica que se debe priorizar la utilización de manteles de un solo uso o bien cambiarlos tras cada servicio. También es necesario poner a disposición del público dispensadores de gel hidroalcohólico con actividad viricida autorizado por el Ministerio de Sanidad.  A la hora de hacer el pago, se debe fomentar el uso de la tarjeta o bien de medios que eviten el contacto físico. Además, hay que limpiar y desinfectar el datáfono después de cada uso.  Las cartas gastronómicas de uso común quedan prohibidas y los elementos auxiliares del servicio como la vajilla, la cristalería, la cubertería o los manteles se deben almacenar en recintos cerrados. De la misma manera, es obligatorio eliminar los productos de autoservicio como los dispensadores de servilletas o de palillos o las vinagreras. Se tiene que priorizar siempre el uso de paquetes monodosis.  Con respecto al uso del lavabo, se debe regular la entrada para asegurar que solo entre una persona cada vez. Solo se puede permitir la entrada de un acompañante en casos justificados. Los lavabos se deben limpiar y desinfectar, como mínimo, seis veces al día.  ¿Qué medidas de higiene y de prevención hay que aplicar para proteger a los trabajadores? El titular del negocio se tiene que asegurar de que todo el personal tenga equipos de protección individual adecuados para su tarea. Al menos, hay que proporcionarles mascarilla y gel hidroalcohólico o jabón de manos. Además, el personal tiene que recibir formación e información sobre el uso correcto de los equipos de protección. Estas normas también son aplicables a los trabajadores de terceras empresas que presten servicios en el local con carácter habitual o de forma puntual. Durante la fase 1, también hay que modificar las condiciones de trabajo, en la medida necesaria, para garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal mínima de 2 metros entre trabajadores. La responsabilidad recae sobre el titular de la actividad económica o la persona en quien se deleguen estas funciones. Además, hay que habilitar un espacio para que el personal se cambie de ropa y calzado. Este espacio tiene que contar con taquillas o, como mínimo, un portatrajes o similar. MERCADOS AL AIRE LIBRE Y DE VENTA NO SEDENTARIA Con la entrada en vigor de la fase 1, en Barcelona pueden reabrir los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública. Preferentemente, pueden hacerlo los de productos alimenticios y de primera necesidad. Sin embargo, en todos los casos hay que hacerlo cumpliendo con el distanciamiento necesario entre personal, clientela y peatones, que debe ser de 2 metros. En el caso de los mercados al aire libre que se organizaban de forma habitual, su aforo se reduce hasta un tercio y tan solo se permite la apertura de un 25 % de los puestos autorizados. Además, todos los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en vía pública deben disponer de papeleras para depositar pañuelos y otros materiales de rechazo. Estas papeleras deberán limpiarse como mínimo una vez al día. 

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Finques SAFA
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Más de 30 años vendiendo y alquilando cada día pisos en esta misma tienda.Quedan pocas casas en el barrio en las que no hayamos vendido o alquilado al menos un piso. Fuimos la 1ª de Barcelona a pie de calle... y continuamos vendiendo más rápido y más caro que ninguna otra agencia en el barrio. ¿El secreto? Supongo que es porque intentamos tener siempre TODOS los compradores.Cuando la inauguramos en 1991, acababa de cerrar la famosa fábrica SAFA donde ahora está el polideportivo Claror, y nosotros nos instalamos delante. Les pedimos autorización para poner su nombre a nuestra agencia, puesto que nos habíamos especializado ya en el barrio, y accedieron. La gente del barrio entendió que F. Safa quería decir de la Sagrada Familia. Y así fue. Somos la agencia del Barrio porque la gente del barrio lo quiso así. Estamos alquilando y vendiendo pisos a jóvenes a quienes ya hicimos la venta a los padres y también a los abuelos. Y seguimos, y entregamos un premio a quien nos facilite el contacto de aquellos que quiere vender su piso o local. Hacemos tres tipos de peritaciones gratuitas diferentes porque a la gente del barrio le gusta saber cuánto vale su piso Dejamos los pisos muy guapos porque se vendan más caros y más rápido Compramos pisos a reformar Vendemos, y alquilamos todo tipo de inmuebles con la seguridad de cobrar cada mes. Conseguimos hipotecas de hasta el 100% del valor del piso. Así vendemos más caro y rápido.

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Fase 0 avanzada: guía práctica de medidas para locales comerciales y establecimientos de restauración
Fase 0 avanzada: guía práctica de medidas para locales comerciales y establecimientos de restauración
19/05/2020

A partir de este lunes 18 de mayo, los comercios y locales de servicio de menos de 400 metros cuadrados de Barcelona pueden abrir sin necesidad de habilitar ningún sistema de cita previa. Es una de las novedades que conlleva la entrada de la ciudad a la nueva fase 0 avanzada, que también contempla la reapertura de comercios de más de 400 metros cuadrados de superficie útil de venta y exposición siempre que limite el espacio a menos de 400 metros cuadrados. En todos los casos, el nuevo estadio de la desescalada implica la limitación del aforo de los locales comerciales en un 30% de su capacidad. La entrada en vigor de la fase 0 avanzada, incluye diversas acciones y medidas dirigidas al tejido comercial de proximidad, que modifican algunas de las acciones decretadas el pasado 4 de mayo, durante la fase 0. Con el objetivo de seguir caminando hacia el regreso a la nueva normalidad, el gobierno español ha aceptado la propuesta presentada conjuntamente por el Ayuntamiento de Barcelona y el Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya que pedía poder avanzar la ciudad a una fase intermedia entre la 0 y la 1. Tal como publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), Barcelona es en la fase 0 avanzada desde este 18 de mayo. Este hecho implica una serie de medidas pensadas para seguir aplicando en tiendas y locales de la ciudad. Podéis consultar un resumen de las medidas en formato visual, aquí. ¿Qué comercios pueden abrir durante la fase 0 avanzada? Los criterios son similares a los que ya se aplicaban durante la fase 0, pero con nuevos matices. En primer lugar, a partir del 18 de mayo, pueden seguir abriendo al público todos los establecimientos y locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados de superficie que tuvierón que bajar la persiana el pasado 14 de marzo, a raíz de la publicación del Real Decreto 463/2020, que declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria de la Covid-19. Esta medida no ha variado respecto de la fase 0.  Como novedad, también pueden abrir los establecimientos y locales comerciales que tengan más de 400 metros cuadrados de superficie, si limitan el espacio de venta al público y de exposición a menos de 400 metros cuadrados y si tienen un acceso directo e independiente desde de la vía pública. Del mismo modo, pueden seguir con la persiana levantada aquellos establecimientos considerados de primera necesidad y que ya tenían la persiana levantada durante la fase dura del confinamiento. La fase 0 avanzada también permite la apertura de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería o viveros de plantas siempre que apliquen un sistema de cita previa, independientemente de cual sea su superficie útil de exposición y venta. Además, las administraciones de lotería también pueden retomar la actividad, excepto las que se encuentren dentro de un centro comercial. Ahora bien, al igual que ocurría en la fase 0, aún no pueden levantar la persiana los comercios y servicios que formen parte de un centro comercial, a excepción de aquellos que cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior. ¿Qué requisitos deben cumplirse para abrir durante la fase 0 avanzada? Los comercios de Barcelona que reabran al público deben cumplir una serie de medidas, detalladas en el BOE por el gobierno español. Una de las principales novedades es que ya no es necesario que el comercio atienda la ciudadanía con un sistema de citas previas. Aún así, hay que reducir un 30% el aforo del local para garantizar en todo momento una distancia mínima de dos metros entre los clientes. Si esto no fuera posible, hay que regular la entrada al establecimiento para que sólo haya un cliente dentro del establecimiento. En caso de que el establecimiento tenga dos plantas o más, el aforo del 30% se debe tener en cuenta planta por planta. Durante la fase 0 avanzada, se sigue permitiendo que los establecimientos abiertos puedan poner en marcha sistemas de recogida de productos en el mismo local. Sin embargo, es necesario que la tienda garantice las entregas de una forma escalonada para evitar aglomeraciones en el interior del local o los accesos. Igual que pasaba durante la fase 0, tampoco se permite crear ni utilizar ningún tipo de zona de espera en el interior del establecimiento. Las tiendas también deben cumplir con un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años, que se ha de hacer coincidir con las franjas horarias que tiene este colectivo para hacer paseos y actividad física: de 10 a 12 del mañana y de 7 a 8 de la tarde. Además, hay que tener en cuenta que, si se llevan a cabo acciones comerciales o de promoción, se deben tomar medidas para evitar las aglomeraciones. Concretamente, ¿qué dice la fase 0 avanzada sobre la regulación de los aforos? Como ya hemos explicado, la entrada a la fase 0 avanzada conlleva la necesidad de reducir un 30% el aforo de los locales comerciales y de servicios para garantizar en todo momento una distancia mínima de dos metros entre los clientes. Si esto no fuera posible, hay que regular la entrada al establecimiento para que sólo haya un cliente por establecimiento. En caso de que el establecimiento tenga dos plantas o más, el aforo del 30% se debe tener en cuenta planta por planta. En esta fase, es obligatorio indicar el aforo máximo del local y de asegurar su cumplimiento en todo momento. También es obligatorio establecer sistemas de recuento y control del aforo, de forma que no se supere en ningún momento, incluyendo a los propios trabajadores. Además, con respecto a la circulación de personas dentro del local y la distribución de espacios, se modificarán con el objetivo de garantizar las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad. En el caso de aquellos establecimientos comerciales que dispongan de aparcamiento propio para empleados y clientes, si el acceso a las instalaciones no se puede regular de manera automática y sin contacto, es necesario aplicar un control manual y continuado por parte del personal de seguridad. ¿Qué medidas de higiene deben aplicar los comercios? El comercio de proximidad tiene la obligación de aplicar diversas medidas de carácter higiénico para garantizar la seguridad sanitaria de la clientela y de su personal. En primer lugar, es necesario que realicen tareas de limpieza y desinfección global de las instalaciones al menos 2 veces al día. Además, la tienda tiene que prestar una atención especial a las superficies de contacto más frecuentes para asegurar su constantemente su desinfección. Son ejemplos los pomos de las puertas, los mostradores, los muebles del local, los pasamanos, las máquinas dispensadoras, el suelo, los teléfonos, las perchas, los carros o las cestas, los grifos y otros elementos similares. Una de las limpiezas se debe realizar obligatoriamente al finalizar el horario de apertura al público. Para llevar a cabo las diversas desinfecciones, se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía con cantidades 1:50 ó cualquiera de los desinfectantes comercializados y autorizados por el ministerio de sanidad que tengan un efecto viricida. Después de cada desinfección, el material que se haya usado se deben eliminar de forma segura y, posteriormente, lavarse las manos. Para facilitar las tareas de limpieza, el BOE especifica que se podrá hacer una pausa a lo largo de la jornada -preferiblemente al mediodía- para dedicarse a las tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. El nuevo horario deberá estar especificado en un lugar visible. Si el establecimiento comercial tiene más de una persona trabajadora atendiendo al público, las medidas de limpieza también se deberán aplicar en las zonas privadas de personal como los vestuarios, las taquillas, los servicios, las cocinas y las áreas de descanso . Además, los uniformes y la ropa de trabajo se deben lavar entre 60 y 90 grados y deben ventilar correctamente los locales. En cuanto al uso de los servicios, sólo pueden ser utilizados por el personal y no por la clientela. En caso de que sea una situación extraordinaria, es necesario que el servicio se desinfecte después de su uso. Las papeleras deben tener un soporte de activación por pedal y deben ser limpiadas frecuentemente: al menos, una vez al día. Además, con respecto a los establecimientos comerciales que tengan ascensores o montacargas, debe limitarse el uso al mínimo imprescindible, estableciendo una ocupación máxima de una persona (excepto si se puede garantizar separación de 2 metros; o por aquellas personas que precisen asistencia). ¿Qué medidas de prevención de riesgo deben aplicar los comercios para proteger a su personal? En primer lugar, el BOE recuerda que, tal como ya ocurría durante la fase 0, no pueden incorporarse a sus puestos de trabajo aquellos trabajadores que estén en aislamiento domiciliario por tener diagnosticada la Covid-19 o de alguno de los síntomas compatibles. Aquellos que no hayan tenido síntomas pero que estén en cuarentena por haber tenido contacto con una persona con indicios o diagnóstico de Covid-19 tampoco pueden reincorporarse. El titular del negocio debe asegurarse de que todo el personal cuente con equipos de protección individual adecuados a sus tareas y proporcionarles geles hidroalcohólicos o agua y jabón. Si no se puede garantizar la distancia de dos metros durante la jornada, hay que facilitarles obligatoriamente mascarillas e información sobre el correcto uso de los equipos de protección. El fichaje mediante huella digital debe sustituirse por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas. En caso de que no sea posible, es necesario desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso. La disposición de los puestos de trabajo y la organización de los turnos debe adaptarse para garantizar siempre la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre trabajadores. La responsabilidad recae sobre el titular de la actividad económica o la persona a quien se deleguen estas funciones. La distancia de seguridad también se deberá cumplir los vestuarios, las taquillas y los servicios del personal. ¿Qué medidas de protección debe adoptar el comercio para proteger a los clientes? Deben velar por que los clientes sólo estén al establecimiento el tiempo imprescindible para comprar o recibir el servicio. También hay que señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo o carteles, por ejemplo. Los establecimientos deben poner a disposición de la clientela dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad viricida autorizados por el Ministerio de Sanidad del gobierno español. Se deben colocar los accesos del local. Además, los establecimientos que tengan zonas de autoservicio, debe ser el trabajador del comercio quien manipule los productos. Del mismo modo, no se pueden poner a disposición de los clientes productos de prueba. En cuanto al comercio dedicado a la venta de prendas de ropa o similares, el establecimiento debe implementar medidas para que la pieza sea higienizada antes de ser facilitada a los clientes. Los probadores deberán utilizarse sólo para una persona y deberán ser desinfectados y limpiados después de cada uso. En el caso de la hostelería y la restauración, ¿qué efectos tiene la fase 0 avanzada? La entrada de Barcelona en la fase 0 avanzada no conlleva ningún cambio para la restauración. Así, siguen vigentes las condiciones que ya se aplicaban durante la fase 0. Pueden abrir siquiera para ofrecer servicios de entrega a domicilio o de recogida de pedidos, cogiendo el encargo previamente por teléfono, en línea o desde un vehículo . Para la recogida, hay que establecer una franja horaria para evitar aglomeraciones alrededor del establecimiento. Recuerde que sólo se pueden abrir durante el horario de recogida de pedidos y que está prohibido permitir el consumo en el interior de los establecimientos.

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Las playas de la ciudad abrirán para pasear a partir del miércoles 20 de mayo de 6 a 20 horas
Las playas de la ciudad abrirán para pasear a partir del miércoles 20 de mayo de 6 a 20 horas
18/05/2020

Todas las playas de la ciudad abrirán en horario diurno, de 6 a 20 horas, a partir del miércoles. Se podrá acceder para pasear pero se mantiene la prohibición de estar y el baño recreativo. De 6 a 10 horas se mantiene como franja para practicar deportes de agua. También el miércoles próximo todos los parques de la ciudad permanecerán abiertos al público en el horario habitual, para los usos previstos de la actual fase de desconfinament. El Park Güell abre puertas para el vecindario como zona de paseo y conectividad, pero las visitas se iniciaron en futuras fases de desescalada. A partir del próximo lunes 18 de mayo se reanuda el servicio de recogida de residuos voluminosos en todos los barrios de la ciudad. Se recuerda a la ciudadanía que hay que respetar los días de recogida y el horario de bajar los muebles y trastos en la calle, de 20 a 22 horas. A partir del próximo miércoles 20 de mayo, todas las playas de Barcelona abrirán para pasear y hacer deporte desde las 6 de la mañana hasta las 20 horas de la tarde, cada uso en la franja correspondiente. Durante toda la jornada se podrá acceder a la arena para pasear y se mantiene la franja deportiva de la mañana, de 6 a 10 horas, para la práctica deportiva individual. Las playas sin embargo, no se habilitan como zona de estancia ni para el baño recreativo, que queda prohibido, siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias. Por tanto, a partir del miércoles 20 de mayo, los usos y horarios de las playas son los siguientes: Práctica deportiva para público general, de 6 a 10 horas. Se puede acceder a la playa para correr o para hacer deportes acuáticos individuales. Se recuerda que en la actual fase no se activa aunque el servicio de salvamento, al igual que ocurre en invierno, por lo que se pide a los deportistas que extremen las precauciones. De 6 a 20 horas, pasear respetando siempre los horarios de los diferentes colectivos establecidos en el marco del estado de alarma. La playa no puede ser usada como zona de estancia ni para el baño recreativo. Se recuerda que las zonas de juegos infantiles o las deportivas no se pueden utilizar y quedan encintadas. De 20 a 23 horas sólo estará habilitado el acceso para la práctica de actividades de surf y los deportistas profesionales y federados con la correspondiente licencia en el punto habilitado en la playa del Bogatell, junto a la Base Náutica, donde se realizará el control de las acreditaciones. Apertura de todos los parques A partir del miércoles 20 de mayo todos los parques de la ciudad permanecerán abiertos al público. Hasta ahora se han abierto un total de 80, y ahora abren el resto hasta llegar a los 148 parques que tienen acceso con puerta de cierre. Además, para facilitar la práctica deportiva, un total de 22 parques avanzan la hora de apertura a las 8h de la mañana, en vez de hacerlo en el horario habitual, que era las 10h. Los 3 parques de la ciudad que tienen un centro educativo dentro, abrirán un acceso a partir del martes para facilitar la entrada de las familias para hacer la preinscripción escolar. En cuanto al Park Güell abrirá para el vecindario, para facilitar el paseo, la práctica deportiva y la conectividad de la zona. En cambio, en la actual fase de desescalada, no se abre para visitas culturales. Hay que tener en cuenta, que como el resto de parque, quedará restringido el acceso a las zonas de juego infantil y los merenderos. El Ayuntamiento de Barcelona recuerda que el cierre de los parques durante dos meses ha hecho que la naturaleza y el verde se haya reforzado y renovado y haya ganado espacio en la ciudad. Desde la apertura, los equipos de jardineros y jardineras han visto flora y fauna en zonas donde hacía años que no se veían. Las principales características de la expansión espontánea del verde y la fauna son las siguientes: Más biomasa verde, más saludable y con más color. Los céspedes convencionales han crecido y se han formado prados con más cobertura. Han aparecido especies espontáneas de flores en prados y en grupos de flor convencional. Los árboles se ven también con más biomasa, más frondosos y sin plagas. También han aparecido hierbas en zonas de pavimento. Más continuidad verde. Cobertura verde más uniforme en parques y jardines, los céspedes tienen menos manchas y los alcorques tienen más cobertura de vegetación. Fauna en actividad. Los pájaros se ven con mucha actividad, nidos, alimentación y se observa mucha cantidad en los parques. Algunas especies de pájaros pueden haber anidado en lugares más accesibles de lo habitual. Hay que respetar los nidos de las aves y alejarse al máximo posible para poder garantizar y preservar la temporada de cría. La mayoría de las aves urbanas y sus nidos están protegidos por la legislación vigente. También se ha observado muchos insectos polinizadores y mariposas que aprovechan las floridas. Los equipos de jardineros y jardineras están haciendo las tareas de mantenimiento correspondientes a los parques y jardines, pero por el momento no se ha procedido a la siega. Durante estos días se está estudiando cuál será el mantenimiento que se hace en cada zona verde y en el conjunto del arbolado para intentar poner de relieve esta expansión espontánea de vegetación y su valor ecológico. El Ayuntamiento de Barcelona hace años que impulsa una gestión del verde ecológica y que favorece la naturalización, permitiendo una mayor diversidad de plantas que conforman hábitats saludables para la ciudadanía y que permiten una mejor conservación de la biodiversidad.

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Fase 0: guía práctica para la apertura de locales comerciales y establecimientos de restauración
Fase 0: guía práctica para la apertura de locales comerciales y establecimientos de restauración
05/05/2020

A partir de este lunes 4 de mayo, los comercios y locales de servicio de menos de 400 metros cuadrados de Barcelona pueden abrir al público. La medida, incluida dentro de la fase 0 del plan de desescalada aprobada por el gobierno español, permite también la recogida de productos en los comercios y de comer en los bares y restaurantes de la ciudad. Los establecimientos que opten por abrir deben aplicar una serie de medidas de higiene, seguridad, aforo y prevención encaminadas a reducir el riesgo de la propagación de la Covidien-19 entre la ciudadanía y entre el personal. La entrada en vigor de la fase 0 del “Plan para la transición hacia una nueva normalidad”, diseñado por el Ministerio de Sanidad, incluye diversas acciones y medidas dirigidas al tejido comercial de proximidad. Con el objetivo de empezar a caminar hacia el periodo de desescalada -que se iniciará con la fase 1 el próximo día 11 de mayo-, el gobierno español ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una serie de medidas pensadas para aplicar en tiendas y locales de la ciudad que tengan menos de 400 metros cuadrados y que hasta ahora no podían abrir con motivo del estado de alarma. Así pues, estas medidas no afectan a aquellos comercios que ya estaban abiertos durante el estado de alarma por ser considerados de primera necesidad. Qué comercios pueden abrir durante la fase 0? A partir del 4 de mayo, pueden volver a abrir al público todos los establecimientos y locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados de superficie que tuvieron que bajar la persiana el pasado 14 de marzo, a raíz de la publicación del Real Decreto 463 / 2020 que declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria de la Covid-19. Así pues, no podrán abrir al público los establecimientos de la ciudad que tengan locales de más de 400 metros cuadrados. Tampoco lo podrán hacer los comercios y servicios que formen parte de un centro comercial, a excepción de aquellos que cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior. ¿Qué requisitos deben cumplirse para abrir durante la fase 0? Los comercios de Barcelona que reabran al público deben cumplir una serie de medidas, detalladas en el BOE por el gobierno español. En primer lugar, deben habilitar obligatoriamente un sistema de cita previa que asegure que dentro del establecimiento sólo hay un solo cliente para cada trabajador. Tampoco se permite crear ni utilizar ningún tipo de zona de espera en el interior del establecimiento. En segundo lugar, hay que garantizar la atención individualizada del cliente con una separación física prudente. En caso de que no fuera posible, el establecimiento debe habilitar sistemas como mamparas. En tercer lugar, las tiendas deben cumplir con un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años, que se ha de hacer coincidir con las franjas horarias que tiene este colectivo para hacer paseos y actividad física: de 10 a 12 de la mañana y de 7 a 8 de la tarde. Durante la fase 0 se permite que los establecimientos abiertos también puedan poner en marcha sistemas de recogida de productos en el mismo local. Asimismo, es necesario que la tienda garantice las entregas de una forma escalonada que evite aglomeraciones en el interior del local y en los accesos. ¿Qué medidas de higiene deben aplicar los comercios? El comercio de proximidad que opte por reabrir durante la fase 0 también tiene la obligación de aplicar diversas medidas de carácter higiénico para garantizar la seguridad sanitaria de la clientela y de su personal. En primer lugar, es necesario que realicen tareas de limpieza y desinfección global de las instalaciones al menos dos veces al día. Además, la tienda tiene que prestar una atención especial a las superficies de contacto más frecuentes para asegurar su constantemente la desinfección. Son ejemplos los pomos de las puertas, los mostradores, los muebles del local, los pasamanos, las máquinas dispensadoras, el suelo, los teléfonos, las perchas, los carros o las cestas, los grifos y otros elementos similares. Una de las limpiezas se debe realizar obligatoriamente cuando termina el horario de apertura al público. Para llevar a cabo las diversas desinfecciones, se deben utilizar desinfectantes como diluciones de lejía con cantidades 1:50 ó cualquiera de los desinfectantes comercializados y autorizados por el Ministerio de Sanidad que tengan un efecto viricida. Después de cada desinfección, el material que se haya usado se debe eliminar de forma segura y, posteriormente, lavarse las manos. Para facilitar las tareas de limpieza, así como de mantenimiento y reposición, el BOE especifica que se podrá hacer una pausa a lo largo de la jornada preferiblemente al mediodía. Si el establecimiento comercial tiene más de una persona trabajadora que atiende al público, las medidas de limpieza también se deberán aplicar en las zonas privadas de personal como los vestuarios, las taquillas, los servicios, las cocinas y las áreas de descanso. Además, los uniformes y la ropa de trabajo se deben lavar entre 60 y 90 grados y deben ventilar correctamente los locales. En cuanto al uso de los servicios, sólo pueden ser utilizados por el personal y no por la clientela. En caso de que sea una situación extraordinaria, es necesario que el servicio se desinfecte después de su uso. Las papeleras deben tener un soporte de activación por pedal y se deben limpiar con frecuencia: al menos, una vez al día. ¿Qué medidas de prevención de riesgo deben aplicar los comercios para proteger a su personal? En primer lugar, el BOE recuerda que no pueden incorporarse a los puestos de trabajo aquellos trabajadores que estén en aislamiento domiciliario por tener diagnosticada la Covid-19 o de alguno de los síntomas compatibles. Aquellos que no hayan tenido síntomas pero que estén en cuarentena por haber tenido contacto con una persona con indicios o diagnóstico de Covid-19 tampoco pueden reincorporarse. En segundo lugar, el fichaje mediante huella digital debe sustituirse por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas. En caso de que no sea posible, es necesario desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso. Y en tercer lugar, la disposición de los puestos de trabajo y la organización de los turnos debe adaptarse para garantizar siempre la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre trabajadores. La responsabilidad recae sobre el titular de la actividad económica o la persona a quien se deleguen estas funciones. La distancia de seguridad también se deberá cumplir los vestuarios, las taquillas y los servicios del personal. ¿Qué medidas de protección debe adoptar el comercio para proteger la clientela? Deben velar por que los clientes sólo estén al establecimiento el tiempo imprescindible para comprar o recibir el servicio. También hay que señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo o carteles, por ejemplo. Los establecimientos deben poner a disposición de la clientela dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad viricida autorizados por el Ministerio de Sanidad del gobierno español. Se deben colocar los accesos del local. Además, los establecimientos que tengan zonas de autoservicio, debe ser el trabajador del comercio quien manipule los productos. Del mismo modo, no se pueden poner a disposición de los clientes productos de prueba. En cuanto al comercio dedicado a la venta de prendas de ropa o similares, el establecimiento debe implementar medidas para que la pieza sea higienizada antes de ser facilitada a los clientes. Los probadores deberán utilizarse sólo para una persona y habrá que se desinfecten y se limpien después de cada uso. En el caso de la hostelería y la restauración, ¿cómo se aplica la fase 0? Pueden realizarse sólo mediante servicios de entrega a domicilio y mediante la recogida de pedidos por los clientes a los mismos establecimientos. El consumo en el interior de los locales está prohibido. Además, con respecto a las entregas a domicilio, es necesario que el establecimiento prepare un sistema de reparto preferente para las personas mayores de 65 años, personas dependientes u otros colectivos vulnerables. Hay que evitar siempre aglomeraciones para recoger los pedidos tanto en los accesos como en el interior de los locales. Los establecimientos sólo pueden estar abiertos al público durante el horario de recogida de los pedidos. El titular del negocio debe asegurarse de que todo el personal cuente con equipos de protección individual adecuados a sus tareas. Al menos, hay que proporcionarles mascarilla y geles hidroalcohólicos o jabón para las manos. De cara a los clientes, a la entrada del establecimiento hay que colocar geles hidroalcohólicos y papeleras con activación por pedal, con una bolsa de basura. Los clientes sólo pueden estar dentro del local el tiempo imprescindible para recoger la entrega.

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Barcelona flexibiliza el otorgamiento de las subvenciones para acelerar la llegada de liquidez a empresas, entidades y autónomos
Barcelona flexibiliza el otorgamiento de las subvenciones para acelerar la llegada de liquidez a empresas, entidades y autónomos
24/04/2020

El decreto de alcaldía publicado hoy en la Gaceta Municipal permite avanzar el pago antes del periodo de alegaciones para las ayudas de la convocatoria generalper poder pagar al destinatario de la ayuda antes posible. Se podrá subvencionar determinados gastos realizados a pesar del objeto de la ayuda no se haya llegado a realizar. El plazo de presentación de justificación de las subvenciones otorgadas se prorroga hasta septiembre de 2020, en los casos que finalizara antes. Se podrán aprobar nuevas convocatorias de subvenciones y ayudas para situaciones estrechamente vinculadas al estado de alarma provocada por la Covid-19. El contenido concreto del decreto se puede consultar en la Gaceta Municipal. Barcelona flexibiliza los términos y plazos para el otorgamiento de subvenciones con el objetivo de agilizar al máximo los plazos de pago y acelerar la llegada de liquidez a las actividades beneficiarias de las ayudas. La prioridad es facilitar la máxima viabilidad para que se lleven a cabo las actividades objeto de la ayuda. El decreto de alcaldía publicado hoy en la Gaceta Municipal permite avanzar el pago antes del periodo de alegaciones para las ayudas de la convocatoria general para poder pagar al destinatario de la ayuda lo antes posible, subvencionar determinados gastos pesar el objeto de la ayuda no se haya llegado a realizar o incrementar la cuantía de la subvención en casos excepcionales desde el 50% máximo habitual hasta un 80% máximo. Respecto a la justificación de las subvenciones, el plazo se prorroga hasta el 30 de septiembre de 2020 para los casos en que el plazo de presentación finalizara antes. Es decir, en la práctica, se podrán conceder las ayudas de 2020 antes de que se tenga que presentar la justificación de la actividad subvencionada en el ejercicio anterior. Aparte, se podrán aprobar nuevas convocatorias de subvenciones y ayudas para situaciones estrechamente vinculadas al estado de alarma provocada por la Covid-19. En estos casos, los plazos no estarán suspendidos. El decreto es de aplicación a las subvenciones y las ayudas otorgado por parte del Ayuntamiento y del conjunto de entidades y empresas que conforman el grupo municipal, así como los relativos a las subvenciones y las ayudas que hayan de otorgarse con cargo al presupuesto de 2020. Así, en los casos en que no se haya podido cumplir el objeto y la finalidad de aquellas subvenciones o ayudas que se hubieran otorgado en el momento de la entrada en vigor del Real Decreto del estado de alarma, se podrá aplazar el plazo para dar cumplimiento a la actividad objeto de la ayuda y para su justificación. Aparte, si no se ha podido llevar a cabo el objeto finalidad de las subvenciones, el decreto permite que el destinatario solicite que se le compensen igualmente los gastos realizados en cuanto a nóminas y Seguridad Social del personal fijo y eventual , alquileres, seguros vinculados a la actividad, gastos por contratación de otras empresas (limpieza, seguridad, mantenimiento, actividades directamente ligadas al desarrollo de la actividad o proyecto, etc.), tributos y gastos de amortizaciones de los bienes adquiridos o de las obras de inversión en los inmuebles utilizados. En relación a las subvenciones y ayudas derivadas de la convocatoria general de subvenciones de 2020, el consistorio ya ha tomado, sin necesidad de que el destinatario de la ayuda lo solicite, diferentes medidas de flexibilización: Ampliar el plazo de ejecución de todos los proyectos por un período igual a la duración del estado de alarma. Posponer la presentación de la justificación de las subvenciones que se otorguen en dicha convocatoria por un periodo igual a la duración del estado de alarma. En cuanto a pesar de estas medidas de flexibilización no puedan desarrollar su proyecto tal como estaba previsto, debido a la vigencia del estado de alarma, se podrá modificar o volver a formular el proyecto hasta diez días hábiles después de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona de la resolución provisional de la concesión de subvenciones. Igualmente, en el caso de la convocatoria general de 2020, se prevé que se pueda pagar la subvención o ayuda sin tener que esperar a que pase el periodo de alegaciones preceptivo. En caso de que la resolución definitiva deniegue la subvención o que el importe otorgado sea inferior, se deberá reintegrar el importe o el exceso recibido anticipadamente.

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Barcelona ayuda empresas y autónomos a hacer frente a la crisis de la Covid-19
Barcelona ayuda empresas y autónomos a hacer frente a la crisis de la Covid-19
31/03/2020

El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha, los últimos días, varias acciones y servicios para garantizar a los agentes económicos de la ciudad su subsistencia después de que el estado de alarma haya supuesto una bajada drástica de la actividad a la ciudad. Es por eso que por un lado se han puesto en marcha varios servicios de información y asesoramiento y, por otro, se han prorrogado los plazos para pagar los tributos municipales hasta el mes de julio. Información, asesoramiento y apoyo Barcelona ha incrementado y reforzado el servicio de Puntos de Defensa de Derechos Laborales para resolver las peticiones de la ciudadanía y las empresas sobre su situación laboral o económica. El servicio, que hasta ahora era presencial, se ha abierto a toda la ciudadanía vía telefónica 93234 6121/22 y mediante un buzón de correo: dretslaboralscv@barcelonactiva.cat. Además, Barcelona Activa ha activado una atención telefónica personalizada que se dirige a toda la ciudadanía, para derivar, desde un solo punto, hacia los servicios y recursos especializados que mejor se adapten a cada consulta. La línea gratuita es 900533175, y funciona de 9h a 18h, de lunes a viernes. También se ha puesto en marcha el portal barcelonactiva.cat/covid19, que incluye información de servicios, acciones y ayudas diseñados específicamente para hacer frente a esta situación temporal de incertidumbre, falta de liquidez y paro general de actividad. El portal funciona en tres grandes bloques: las personas trabajadoras, los autónomos, y empresas, pymes y entidades. Además, las personas autónomas pueden recurrir también al teléfono 900 505 805 e indicando la clave "AUTÓNOMOS 2020" para apoyo emocional a cargo de psicólogos y psicólogas. Se trata de un servicio que han puesto en marcha la Fundació PIMEC, a través de la Fundación Salud y Persona,, en colaboración con el Ayuntamiento de Barcelona. El IMMB aplica medidas específicas en sus tasas El Instituto Municipal de Mercados de Barcelona ha anunciado ya las primeras medidas específicas en sus tasas para aliviar los comercios y negocios ante la caída económica. Así, ha enviado las siguientes instrucciones a Caixabank sobre los tributos que en estos momentos ya tiene en gestión: Tributo 0452001. Canon de paradas primer trimestre 2020 de puestos de mercados: Ampliación del periodo de pago de los recibos no domiciliados de hasta el 30 de abril de 2020. Tributo 0452001. Canon primer trimestre 2020 de puestos de mercados: Modificación de la fecha de cargo de los recibos domiciliados al 04/20/2020. Tributo 0712003. Fraccionados mes de marzo 2020 de puestos de mercados: Modificación de la fecha de cargo de los recibos domiciliados al 04/20/2020. Tributo 0902073. Remesa del mes de marzo de los sitios de subasta del mercado de Feria Bellcaire: Ampliación del periodo de pago de los recibos hasta el 04/23/2020. Se prorrogan los plazos de los tributos municipales El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado prorrogar los plazos de pago de los tributos municipales más allá de lo que marca el decreto ley 8/2020 de 17 de marzo, y en la mayoría de casos, hasta el mes de julio. De este modo, el consistorio quiere contribuir a aliviar las dificultades económicas de la ciudadanía, de las empresas y de la actividad económica en general. El Instituto Municipal de Hacienda ha creado una Oficina Tributaria virtual a través de la cual dará respuesta a las cuestiones y las inquietudes de la ciudadanía y de las empresas. Este canal se crea para informar a la ciudadanía sobre las novedades fiscales y resolver las dudas específicos de este ámbito. También incorpora información con las novedades tributarias, así como un listado de preguntas frecuentes de interés y de ayuda para los contribuyentes. Así, el consistorio ha prorrogado la fecha límite de pago de sus tributos y obligaciones para hacer frente al impacto económico y social de la Covid-19. El Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) se podrán pagar hasta el mes de julio y la tasa para la utilización privativa de la vía pública (conocida como tasa de terrazas) no deberá pagar hasta el mes de octubre. Además, en esta tasa la cuota a pagar tendrá en cuenta el período en que los establecimientos no han podido abrir. La modificación de los diferentes tributos queda de la siguiente manera: Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) Para aquellas personas que no tengan el IBI con domiciliación bancaria se prorroga el pago hasta el 3 de julio (hasta ahora acababa el 4 de mayo). Para las personas que tienen domiciliado el pago fraccionado por trimestres, el segundo trimestre se cobrará el 3 de julio. Finalmente, para las personas que han domiciliado por primera vez el impuesto, se cobrará el 3 de julio también. En cualquier caso, si la persona contribuyente no ha domiciliado el impuesto y no desea agotar el periodo de pago adicional hasta el mes de julio lo podrá hacer por los canales habituales que constan en el recibo. Impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica El plazo de pago de todos los recibos termina el 3 de julio. Esta fecha no se modifica con respecto a los recibos con domiciliación bancaria, pero si para los recibos no domiciliados, ya que hasta ahora en estos caso el plazo de pago acababa el 15 de junio. Tasa de utilización privativa de la vía pública (terrazas) La nueva fecha para pagar todos los recibos, tanto los domiciliados como los no domiciliados se amplía hasta el mes de octubre. Esta ampliación permitirá gestionar los descuentos que correspondan al período en que el establecimiento no haya podido ejercer su actividad como consecuencia de la aplicación del decreto de alarma.Para introducir estas modificaciones, se anularán los recibos que aún no hayan sido pagados y se procederá a liquidar de nuevo las cuotas, con el correspondiente descuento por el periodo que no les establecimientos no han podido abrir.Aquellas personas contribuyentes que ya hayan pagado el recibo de este 2020, podrán solicitar que se les devuelva la parte proporcional al periodo en que han tenido que permanecer cerrados por el estado de alarma. Esta solicitud se hace a través del trámite de internet de devolución a través de las carpetas del ciudadano, empresas y entidades y carpeta del profesional. Preu públic per la recollida de residus comercials i industrials El preu públic de residus tindrà en compte la reducció que pertoqui en relació al període de duració de l’estat d’alarma. Manté com a data límit de pagament l’1 de desembre per als rebuts no domiciliats i el 23 de desembre per als domiciliats. Plusvàlua Els terminis per obtenir l’autoliquidació calculada no ha canviat. En canvi, el termini per pagar la plusvàlua s’ha ampliat fins el 3 de juliol. De la mateixa manera, es prorroga fins al 3 de juliol els terminis de pagament de les autoliquidacions amb període voluntari de pagament. Les liquidacions dels diferents tributs, com per exemple l’IBI, IAE etc., autoliquidacions de l’Impost sobre Construccions, Instal·lacions i Obres (ICIO), provisions de constrenyiment i diligències d’embargament amb data final de pagament posterior al 18 de març, quan van començar els efectes fiscals del decret llei 8/2020 de 17 de març, es podran pagar fins el 3 de juliol. L’Institut Municipal de Mercats de Barcelona concretarà més endavant de manera detallada com afecten i s’apliquen aquestes mesures a les persones que treballen o tenen negocis als mercats de la ciutat. 

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El pago de los tributos municipales se alarga hasta julio
El pago de los tributos municipales se alarga hasta julio
26/03/2020

El plazo de pago de los tributos municipales se alargará en la mayoría de casos hasta el mes de julio para aligerar la carga económica de las familias y de la actividad económica en general, como consecuencia de la crisis de la COVID-19. Dentro de pocos días se pondrá en marcha una oficina virtual del Instituto Municipal de Hacienda para dar información y facilitar los trámites. Modificaciones del calendario fiscal Se prorroga la fecha límite de pago de los tributos y obligaciones más allá del plazo establecido por el Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19. Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) El plazo de pago del IBI para las personas que no lo tengan domiciliado pasa de finalizar el 4 de mayo a finalizar el 3 de julio. En cuanto a las personas que lo domicilien por primera vez o que tengan domiciliado el pago fraccionado por trimestres, el segundo trimestre se cobrará el 3 de julio en lugar del 3 de junio. Impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica (IVTM) El plazo de pago de todos los recibos, domiciliados o no, termina el 3 de julio. Tasa de utilización privativa de la vía pública (terrazas) Todos los recibos, tanto los domiciliados como los no domiciliados, se podrán pagar hasta el mes de octubre. Se gestionarán los descuentos que correspondan al periodo en que el establecimiento no haya podido ejercer su actividad como consecuencia de la aplicación del decreto de alarma. Precio público para la recogida de residuos comerciales e industriales Se mantiene como fecha límite de pago para los recibos no domiciliados el 1 de diciembre, y para los domiciliados, el 23 de diciembre, y se tendrá en cuenta la reducción que corresponda según el periodo de duración del estado de alarma. Plusvalía Los plazos para obtener la autoliquidación calculada no han cambiado. Los plazos de las autoliquidaciones con periodo voluntario de pago se prorrogan hasta el 3 de julio, así como el plazo para pagar la plusvalía. Aplazamiento y fraccionamiento de los tributos En el caso del IBI y el impuesto de vehículos, se podrá fraccionar el pago sin intereses siempre que los contribuyentes lo soliciten y el fraccionamiento finalice dentro del año 2020. En el caso del impuesto de actividades económicas (IAE), del precio público de recogida de residuos y de la tasa de utilización privativa de la vía pública (tasa de terrazas), el pago se podrá dividir en fracciones mensuales sin intereses con un plazo final de pago que no sea posterior a septiembre del 2021. Otras medidas de carácter fiscal Las liquidaciones, autoliquidaciones y deudas en vía ejecutiva con una fecha final de pago posterior al 18 de marzo se podrán pagar hasta el 3 de julio. Este apartado incluye, por ejemplo, los cánones derivados de concesiones, las multas o las deudas con el Consistorio. Oficina virtual La próxima semana se pondrá en marcha una oficina virtual para asesorar a la ciudadanía y las empresas, que sustituirá a la oficina presencial de atención al público del Instituto Municipal de Hacienda, que está cerrada en cumplimiento del decreto del estado de alarma vigente. El web responderá las consultas por correo electrónico e incorporará información con las novedades tributarias, así como una lista de preguntas frecuentes de interés y de ayuda a los contribuyentes. Las llamadas al 010 relacionadas con la fiscalidad municipal se derivarán también a esta oficina virtual.

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Aplazamiento de tributos
Aplazamiento de tributos
26/03/2020

En atención a las dificultades que la situación excepcional generada por el Covid-19 puede suponer para los obligados tributarios con vistas a cumplir ciertas obligaciones tributarias y trámites en procedimientos de carácter tributario, se han flexibilizado los plazos con que cuenta el contribuyente ya la vez se han establecido moratorias en el pago y la posibilidad de pedir aplazamientos. Moratoria en los plazos de autoliquidación y pago de todos los tributos propios y cedidos de la Generalidad de Cataluña Con esta medida se busca mitigar temporalmente las obligaciones que deben afrontar las empresas, hasta que finalice el esat de alarma. Moratoria hasta octubre en el pago del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, que las empresas deberían abonar en abril Moratoria hasta octubre en el pago del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, que las empresas deberían abonar en abril. De esta manera se busca mitigar temporalmente los gastos que deben afrontar las empresas del sector, uno de los afectados más directamente por la crisis del coronavirus. El plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de marzo de 2020, establecido entre el 1.04.2020 y el 20.4 .2020, de manera excepcional será entre los días 1 y 20 de octubre de 2020, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4, "Previsiones en materia fiscal", del Decreto ley 6/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes en materia asistencial, presupuestaria, financiera, fiscal y de contratación pública, a fin de paliar los efectos de la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV-2 (DOGC núm. 8084, de 13.3.2020). Aplazamientos del pago de impuestos durante un período de seis meses, previa solicitud, con bonificación en los tipos de interés El Gobierno de España, para evitar posibles tensiones de tesorería de autónomos y pequeñas y medianas empresas, flexibiliza los aplazamientos del pago de impuestos durante un período de seis meses, previa solicitud, con bonificación en los tipos de interés. Suspensión de plazos en el ámbito tributario competencia del Gobierno de España Los plazos de pago de deudas tributarias no finalizados en fecha 18 de marzo amplían hasta el 30 de abril de 2020. Tales como vencimientos de plazos y fracciones de acuerdos de aplazamiento, los plazos relacionados con los desarrollos de las subastas, y los plazos para atender los requerimientos, diligencias de embargo y solicitudes de información con trascendencia tributaria, para formular alegaciones frente actos de apertura de este trámite o de audiencia, dictados en procedimientos de aplicación de los tributos, sancionadores o de declaración de nulidad, devolución de ingresos indebidos, rectificación de errores materiales y de revocación, que no hayan concluido. La ejecución de las garantías sobre bienes inmuebles en procedimientos de apremio, no se ejecutarán hasta el 30 de abril de 2020.Els plazos que se comuniquen en el ámbito tributario a partir del día 18 de marzo se extienden hasta el día 20 de mayo de 2020.

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Encantsnous Eix Comercial entrega los vales de compra del sorteo 'El comercio late' 2016
Encantsnous Eix Comercial entrega los vales de compra del sorteo "El comercio late" 2016
15/07/2016

El pasado viernes día 8 de julio a las 12:30 del mediodía Encantsnous Eix Comercial hizo entrega de los vales de compra del sorteo "El comercio late" a los ganadores que previamente ya habíamos anunciado en una noticia publicada en nuestra página web y en nuestras redes sociales: Facebook e Instagram. La entrega de los vales a los ganadores se hizo en el pasillo que hay entre la Herboristería y la tienda Muebles Sayez. En este acto, donde estaban presentes miembros de la Junta de Encantsnous Eix Comercial, comerciantes y clientes, se montó un photocall donde se hicieron fotografías de la entrega de premios tal como podéis ver al final de esta noticia, aunque ya están disponibles todas las fotografías en la galería de fotos de nuestra web. Además del vale que les tocó, a los premiados se les entregó una lista con las tiendas asociadas donde podrán gastar su premio. Con el nombre de "El comercio late" esta iniciativa, que ha sido una de las más participativas por parte de los clientes, ponía en juego 1.000€ en vales de compra, en concreto: 12 vales de 50€, 2 vales de 100€ y 1 vale de 200€. Muchas gracias a todos por participar y os esperamos a todos el año que viene porque recordad que el comercio late siempre. 

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Encantsnous Eix Comercial ya tiene los ganadores de 'El comercio late' 2016
Encantsnous Eix Comercial ya tiene los ganadores de "El comercio late" 2016
04/07/2016

El pasado viernes día 1 de julio del 2016 se realizó, a las 13 horas, el sorteo de vales de compra del concurso "El comercio late", organizado por Encantsnous Eix Comercial, de donde salieron los 15 ganadores.Con el nombre de "El comercio late" esta iniciativa, que ha sido una de las más participativas por parte de los clientes de Encantsnous, ponía en juego 1.000€ en vales de compra en concreto: 12 vales de 50 euros, 2 vales de 100 euros y un vale de 200 euros. Desde el 25 de mayo y hasta el 1 de julio, cualquier persona mayor de 18 años podía entrar en el sorteo si rellenaba, correctamente, todos los datos que se solicitaban en el boleto, disponible en cualquiera de las tiendas asociadas de Encantsnous Eix Comercial, y la depositaba en uno de los buzones, que estaban cerrados con llave, y que estaban repartidos por todas las galerías comerciales.El azar y varias manos inocentes escogieron el día 1 de julio los 15 boletines premiados. El sorteo, que empezó con mucha ilusión y muchos nervios por parte de los presentes para saber quién eran los ganadores y cuáles eran las tiendas que habían dado premios, se desarrolló sin ningún problema en uno de los pasillos de Encantsnous Eix Comercial. Lo entrega de los premios a los ganadores, que podéis consultar en la tabla adjuntada a continuación, se hará el próximo viernes día 8 de julio a las 12:30 del mediodía en el pasillo que hay entre la Herboristeria y Muebles Sayez. En este acto se montará un photocall donde se harán fotografías de la entrega de premios que, posteriormente, también estarán disponibles en esta web y en nuestras redes sociales (Facebook y Instagram). Además, a los premiados se los entregará, junto a su vale de compra, una lista con las tiendas asociadas donde podrán gastar su premio.Muchas felicidades a todos los ganadores y ganadoras y esperamos que muy pronto haya un nuevo sorteo porque recordad que el comercio late siempre.

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¡¡“La Grossa” ya está disponible en los Encantsnous Eix Comercial!!
¡¡“La Grossa” ya está disponible en los Encantsnous Eix Comercial!!
08/10/2015

Los comerciantes de los Encantsnous Eix Comercial tienen ganas de repartir suerte. Cómo ocurre desde que se creó "La Grossa de Nadal" en el año 2013, ya se pueden adquirir boletines de este sorteo en numerosos comercios de los Encantsnous que esperan repartir, este próximo 31 de diciembre, mucho dinero a sus clientes. "La Grossa" es una lotería creada hace dos años por Loterías de Cataluña y que con su aparición convirtió a Cataluña en la primera comunidad autónoma en tener su propia lotería navideña. Cada boletín tiene un precio de 5 euros y todos los beneficios obtenidos van destinados a proyectos sociales, especificados en el póster adjuntado al final de la noticia. "La Grossa" se puede comprar en los más de 2.000 puntos de venta habituales (estancos, quioscos y bares) así como en los más de 20.000 comercios de la Confederación de Comercio de Cataluña entre los que están los de los Encantsnous Eix Comercial. Desde el año pasado también se puede adquirir por internet permitiendo escoger el número concreto o haciendo una elección al azar.A pesar de que la imagen promocional de "La Grossa" es un cabezón de Alella, este año el anuncio publicitario de la lotería corre a cargo del polifacético Eduard Punset que apela al pensamiento racional a la hora de comprar un número para este sorteo. Cómo él explica, este año se juega con 80.000 números y no con 100.000 como los otros años, cosa que ofrece un 20% más de probabilidades de que te toque la lotería. Algunos de los comercios de los Encantsnous Eix Comercial que venden "La Grossa" son:- La tienda de moda y complementos infantil llamada Moda infantil-bebé Sara ubicada en el pasillo A23.- La tienda de hogar y textil llamada Ropa de casa y bordados Valls ubicada en el pasillo A51.- La tienda de papelería llamada Tècnicgraf ubicada en el exterior de las galerías de los Encantsnous. (Calle Valencia, 524). - La tienda de moda y complementos-roba interior llamada Calzeta ubicada en el pasillo B48.-  El bar llamado Bar Susana ubicado en el pasillo B35. - La tienda de muebles llamada Sancho Mobiliari ubicada en el pasillo C4-6 y 5-9. - La tienda de tejidos llamada Teixits Borbón ubicada en el pasillo B33.  No os lo penséis más e ir a buscar vuestra boletín de "La Grossa" a los Encantsnous Eix Comercial. ¡No os quedéis sin!

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Los ganadores del sorteo de los vales de compra
Los ganadores del sorteo de los vales de compra
08/07/2015

El pasado lunes día 6 de junio del 2015 se realizó, a las 12:30 del mediodía, el sorteo de los vales de compra de donde salieron los 15 ganadores.Con el nombre de "El comercio late" esta iniciativa, que ha sido una de las más participativas por parte de los clientes, ponía en juego1.000€ en vales de compra. Desde el 25 de mayo pasado y hasta el 1 de julio, cualquier persona mayor de 18 años podía entrar en el sorteo si llenaba todos los datos que se solicitaban en el boletín, disponible en cualquiera de las tiendas asociadas, y la dejaba en la caja cerrada con llave preparada ya para el sorteo. El azar y varias manos inocentes escogieron los 15 boletines premiados. En juego había 12 vales de 50€, 2 vales de 100€ y 1 de 200€.El sorteo, que empezó con mucha ilusión y muchos nervios por parte de los presentes por saber quién eran los ganadores y qué tiendas eran las que habían dado los premios, se desarrolló sin ningún problema en uno de los pasillos de las conocidas galerías. La entrega de los premios a los ganadores, que podéis consultar en la tabla adjuntada a continuación, se hará el próximo martes día 14 de julio a las 12:00 del mediodía en el pasillo que hay entre la Herboristería y la tienda Muebles Sayez. En este acto se montará un photocall donde se harán fotografías de la entrega de premios que, posteriormente, también estarán disponibles en esta web. Además, a los premiados se les entregará, además de su vale de compra, una lista con las tiendas asociadas donde podrán gastar su premio.Muchas felicidades a todos los ganadores y ganadoras y esperamos que muy pronto haya un nuevo sorteo porque recordad que el comercio late siempre.

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